viernes, 24 de junio de 2011

CONVOCADA AYUDAS DESDE EL MINISTERIO EDUCACIÓN

Con fecha de 24 de junio (2011) ha sido publicado en el BOE (nº 150, pagina 68152 y siguientes) la convocatoria Orden EDU/1748/2011, de 21 de junio, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2011-2012.
             Para los niños de cero a 6 seis los motivos por los que se pueden pedir son:
a) Ayudas directas para el alumnado que presenta necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta incluyendo al alumnado afectado por TDAH que necesite atención educativa específica.
b) Subsidios por necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
Beneficiarios:
El alumnado que presenta necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno de conducta grave podrá obtener las ayudas o subsidios a que se refieren los apartados a) y b) del artículo 1 cuando reúna los siguientes requisitos:
1. Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada por alguna de las siguientes vías:
Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma.
Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del Departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.
Certificado de minusvalía
2. Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2010. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
3. Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
4. Estar cursando educación infantil, primaria ( ...)
Clases de ayudas y cuantías
– Enseñanza: hasta 862,00 euros.
– Transporte escolar: hasta 617,00 euros.
– Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
– Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
– Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
– Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
– Libros y material didáctico:
      Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.Resto de niveles de la enseñanza postobligatoria: hasta 204,00 euros.
– Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, en aplicación de las reglas del apartado 6 del presente artículo, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.
Modelo de solicitud y documentación a presentar
El modelo se puede obtener de https://sede.educacion.gob.es/
Plazo de presentación
Hasta el 22 de julio
Lugar de presentación 
1. Quien no posea firma electrónica lo presentará en los centros docentes donde se hallen escolarizados en el curso 2010-2011 o en el que vayan a seguir los estudios durante el curso académico 2011-2012, en su caso.  
2. Estas solicitudes podrán presentarse directamente en las direcciones provinciales del Ministerio de Educación o en las comunidades autónomas en los siguientes casos:

martes, 21 de junio de 2011

CONVOCADAS SUBVENCIONES DESDE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL

Atención los padres de niños con trastorno de desarrollo/discapacidad/necesidades educativas especiales
El mes pasado publicábamos el enlace del BOJA donde se establecían las bases reguladoras para la concesión de subvenciones que Igualdad y Bienestar Social decretaba para acceder a sus subvenciones según la orden de 10 de mayo.
En el BOJA de hoy (21 de junio de 2011, BOJA nº 120), aparece publicada la Orden por la que se convocan las subvenciones, las cuales estarán sujetas a las directrices marcadas en las bases reguladoras.
En la página 8 del BOJA reseñado comienzan los anexos a cumplimentar para personas con discapacidad (Subvenciones individuales, personas con discapacidad).
Se puede pedir ayudas para:
ADQUISICIÓN, RENOVACIÓN Y REPARACIÓN DE PRÓTESIS Y/O ORTESIS
__ Prótesis dental
__ Prótesis ocular
__ Prótesis auditiva
___ ADQUISICIÓN, RENOVACIÓN Y REPARACIÓN DE AYUDAS TECNICAS
___ ADAPTACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR
___ GASTOS DE DESPLAZAMIENTO PARA LA ASISTENCIA AL CENTRO RESIDENCIAL, DE DÍA O CENTRO DE ATENCIÓN TEMPRANA
En en caso de adquisición de prótesis han de ser aquellas no subvencionadas por salud.
 El plazo comienza el siguiente día a partir de su publicación.
Atención: Las subvenciones tienen carácter de concurrencia competitiva, es decir que aunque cumplamos los requisitos y teniendo en cuenta que hay una cantidad estipulada se seleccionan atendiendo a los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Es posible que en breve salgan las becas de educación especial. Habrá que estar atentos

jueves, 2 de junio de 2011

PROGRAMA DE TRABAJO PARA NIÑOS CON S. DOWN

Si para todos los niños la escuela infantil puede ser útil, para los niños con síndrome Down es una ayuda inestimable en su desarrollo
Por regla general tienen una buena capacidad de imitación y eso le ayudará a rentabilizar las experiencias ofrecidas en la escuela infantil. Además la observación de rutinas ayudará a afianzar los aprendizajes memorizando los procedimientos adecuados. Las situaciones de juego vividas en compañía de otros niños supone una motivación extraordinaria para alcanzar hitos psicomotrices o de cualquier otra índole que en otras circunstancias más estructuradas se puede convertir en un verdadero suplicio para el niño.
La inmersión en el curriculo normalizado es muy beneficiosa si le prestamos especial atención a determinados aspectos donde manifiesten más dificultad y rebajamos el nivel de los criterios de evaluación.
El este enlace podéis encontrar un programa de trabajo apto para llevar a cabo tanto en la escuela como en casa adaptándolo a las peculiaridades de cada niño

miércoles, 1 de junio de 2011

SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL

Esta noticia es interesante para los papás con niños con dicapacidad.

En el BOJA 106 del 1 de junio en la página 121 aparece las BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL , en virtud de la ORDEN de 10 de mayo de 2011. Aunque aún no ha salido el modo ni cuándo se podrá solicitar la subvención si estan los requisitos y los conceptos por los que se puede optar a una subvención. 
En el apartado de las personas con discapacidad extraemos los siguientes aspectos:

 CONCEPTOS SUBVENCIONABLES:

- La adaptación de vehículos a motor.
- La adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como la adquisición, renovación y reparación de ayudas técnicas, siempre que, en los dos casos no se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del SAS.
- los gastos de desplazamiento de los niños y niñas de o a 6 años que estén recibiendo atención temprana para desplazarse al centro al que deban asistir.

REQUISITOS
Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades: Personas físicas con discapacidad y vecindad administrativa en algún municipio de la comunidad autónoma de Andalucía.
Precisan:
1. Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33 por ciento.
2. Que la renta per cápita de su unidad de convivencia no sea superior al salario mínimo interprofesional.
4. Disponer de un presupuesto cierto.
5. Consignar los datos sobre la actividad, proyecto, comportamiento o situación para la que se solicita la subvención en los términos previstos en el apartado 5 del correspondiente formulario de solicitud.

Para más información consultar el BOJA correspondiente en el link facilitado más arriba