Los que tengan niños en edad de comenzar el próximo curso el 2º ciclo de educación infantil tienen este mes de marzo para solicitar centro (hasta cuatro) y por orden de prioridad.

Esto es importante para todos, pero de vital importancia para aquellas familias cuyo hijo presente necesidades educativas especiales, según dictamen elaborado por el Equipo de Orientación Educativa correspondiente. ¿Por qué? Pues porque es importante valorar qué centros nos interesan, eligiendo de entre los que tienen los recursos que el Equipo ha valorado como necesarios.
A continuación exponemos el calendario de escolarización correspondiente a 2012, según se recoge en la Resolución del 14 de febrero que aparece en el BOJA nº 49, pagina 79 del 1 de marzo
- Del 1 al 30 de marzo presentación de la solicitud de escolarización en el centro donde se quiere escolarizar al hijo. No olviden autorizar a la administración educativa para que coteje los datos con las demás administraciones, o presentar la debida documentación. En caso contrario no se les concederán los puntos.
- Del 1 al 16 de abril. Los centros expondrán el listado de alumnos solicitantes con la puntuación correspondiente a cada uno.
- A partir del 17 de abril se tendrán 10 días lectivos (por lo tanto del 19 al 30 de abril) para presentar alegaciones (desacuerdos con la puntuación obtenida) ante la dirección del centro donde se presentó la solicitud.
- El 2 de mayo se realizará sorteo público para producir desempate en caso de que se haya producido, siguiendo la norma establecida en el articulo 34 del Decreto 40/2011
- El 10 de mayo se publicarán las resoluciones de admisión en los tablones de anuncios de los centros.
- En caso de no ser admitido en el primer centro solicitado, el 16 de mayo se publicará la admisión en el centro asignado por la comisión de garantía de admisión.
- El 17 de mayo comienza el plazo para presentar recurso de alzada ante la Delegada o Delegado Provincial de Educación contra la resolución tomada por los Consejos Escolares, los titulares de los centros privados concertados o las comisiones de garantía de admisión. (articulo 52 del Decreto 40/2011)
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