La palabra progreso no tiene ningún sentido mientras haya niños infelices. (Albert Einstein)
miércoles, 30 de octubre de 2013
Dependencia en menores de tres años
En el BOE nº 184 del 2 de agosto de 2013 ha salido publicada una Resolución de la Secretaria de Estado del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, sobre el acuerdo del Consejo Territorial en relación a los criterios comunes que han de observar en todo el territorio nacional los Planes de Atención Integral a los menores de 3 años con dependencia o riesgo de desarrollarla y que se implementarán desde cada autonomía. Estos planes tendrán las siguientes características: .- Universalidad: Serán un servicio de responsabilidad pública, universal y gratuita. .- Buscarán la normalización del menor mediante la inclusión familiar, escolar y comunitaria. .- Interés Superior del Menor:Buscando su desarrollo para que alcance el mayor nivel de autonomía posible. .- Coordinación entre el sistema sanitario educativo y los servicios sociales para evitar la fragmentación en los diferentes ámbitos. .- Interdisciplinariedad y alta cualificación profesional. Los profesionales implicados a la vez de tener una cualificación en una disciplina específica deben conocer el marco conceptual común a todas las disciplinas. .- Diálogo y participación familiar, los padres estarán implicados como destinarios de los recursos a los que tengan derecho, como gestores de los recursos que ellos promuevan. También participando en la propuesta de medidas de apoyo y protección de sus menores, y como evaluadores de la calidad de los servicios. .- Globalidad: La atención será de carácter integral. .- Calidad: En el desarrollo de las medidas que se recojan en el Plan de Atención Integral a menores de 3 años se fijarán criterios comunes para la acreditación de los centros y servicios que permita su evaluación. .- Sostenibilidad: El Plan de Atención debe ser viable y sostenible. .- Descentralización, para acercar los servicios a los domicilios de los menores. Las líneas de actuación marcadas para el desarrollo de los Planes de Atención Integral son: a) Desarrollo de un marco normativo básico y autonómico. b) Información y sensibilización de la sociedad. c) Prevención mediante una intervención primaria, disminuyendo factores de riesgo; secundaria, mediante la detección precoz. Intervención terciaria,derivando inmediatamente tras la detección para lo que será preciso establecer protocolos que establezcan modalidad y periodicidad de la intervención sanitaria, educativa y social, además de garantizar el acceso del menor a los servicios. d) Coordinación entre los colectivos de profesionales encargados de la intervención. e) Participación y apoyo familiar, en el que se apoye a los progenitores en sus necesidades psico-sociales. f) Garantizar el acceso de los menores a prestaciones y servicios. g) Buscar la calidad mejorando la capacidad de prestación y la calidad de la intervención. h) Garantizar la formación continuada de todos los colectivos de profesionales participantes. i) Desarrollar iniciativas de innovación e investigación en las áreas sociales educativas y sanitarias. Recomendamos una lectura más atenta consultando directamente el BOE anteriormente mencionado. CONCLUSION: Pensamos que esta normativa pone el énfasis en la relación entre dependencia y atención temprana (¿Querrá esto decir que el acceso a los servicios de atención temprana se realizarán a partir del reconocimiento de la dependencia? Tendremos que estar atentos a su desarrollo autónomo). Otra cuestión importante es que cuando se habla de inclusión, se introduce el término "escolar", lo que viene a despejar algunas dudas sobre si el tramo cero tres pertenecerá o no a educación. Por último consideramos importante que aparezca una normativa que garantice el vínculo entre la administración sanitaria, social y educativa para darle a estos menores y a sus familias la atención que necesitan.
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