En la página web de la Consejeria de Educacion se inaugura el Portal Escuela de Familias para apoyar la participación de éstas en el proceso educativo de sus hijos e hijas. Dentro de este Portal aparecen una serie de epígrafes para su consulta. Uno de estos trata de las Necesidades Específicas de Apoyo Educativo. Este grupo incluye al alumnado que precisa una atención específica. Dentro de éste se incluye el alumnado con Necesidades Educativas Especiales (n.e.e.). Vamos a repasar algunos conceptos previamente antes de aborda el tema en si.
¿Cuándo un alumno tiene n.e.e.? Cuando para desarrollar su curriculum precisa recursos personales especializados o recursos materiales.
¿Quién determina que un alumno tiene n.e.e.? El alumno debe pasar por un proceso de valoración realizado por el departamento de orientación del centro o por Equipo de Orientación Educativa (EOE). Una vez que se determina que existen necesidades educativas especiales debe cristalizarse en un documento: el Dictamen de Escolarización, realizado indefectiblemente por el EOE correspondiente.
La Consejeria de Educación de la Junta de Andalucia determina qué dificultades tiene que presentar un alumno para ser considerado de n.e.e. y que se recogen en En este Portal para Familias
Si se va picando en cada uno de los epígrafes obtenemos documentos para la valoración y tratamiento de cada uno de las alteraciones que provocan esas necesidades educativas. Sin embargo cuando se pica en Trastornos Graves del Desarrollo entramos en un mundo aparte. Digo esto porque desembocamos en la Consejería de Salud. Ya no se plantean situaciones educativas. Los documentos que se ofrecen son guías de desarrollo elaboradas por personal de salud, expertos en atención temprana.
Hay que decir que los Trastornos Graves del Desarrollo (no confundir con los trastornos del espectro autista) sólo pueden atribuirse a niños escolarizados en educación infantil.
¿Por qué cuando se trata de los Trastonos Graves del Desarrollo se abandona el punto de vista educaivo? Después de todo la labor de los padres está más dentro del campo educativo que sanitario. ¿Y por qué los profesionales de educación infantil no cuentan con un material que explique qué dificultades tienen los niños catalogados de Trastornos Graves del Desarrollo y sobre todo cómo abodarlos desde la escuela como ocurre con otras necesidades educativas especiales? ¿Tiene algo que ver con que sólo se apliquen en el tramo de infantil?
La Consejería de educación debería definir su postura en cuanto al tratamiento de las necesidades educativas especiales en educación infantil e incluir de una vez al alumnado del primer ciclo. Esperemos que sea más pronto que tarde.
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